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Ciudadela, 10 de mayo de 2011.

 

Al SR.
DANIEL MAGGI
DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS
LAN ARGENTINA S.A.
S/D

REF: PROCEDER DESLEAL

De mi consideración:

En mi carácter de Secretaria General de ATCPEA, me dirijo a Ud. Atento de haberse permitido a miembros de la Asociación Argentina de Aeronavegantes tomar contacto con los TCP’s ingresantes con el permiso manifiesto de la empresa, cediendo instalaciones a una Asociación que no posee un mínimo de afiliados como para disponer así de la representación que por mayoría absoluta SÍ detenta ATCPEA.

La conducta en cuestión como así también haber tomado conocimiento autorizado a colocar una cartelera de otro gremio que no resulta ser la entidad gremial representante de los trabajadores de la actividad en LAN ARGENTINA S.A., en instalaciones de la compañía, va más allá del respeto del derecho de libertad sindical y afiliación de los trabajadores del colectivo laboral, afectando así el desempeño de ATCPEA en su calidad de representante legítimo por voluntad propia de los trabajadores.

 Por lo expuesto, intimo a Uds. dejar sin efecto cualquier autorización que pudiere haber sido otorgada para la colocación de una cartelera o cualquier otra acción vía interpósita de LAN ARGENTINA a una entidad que no posee representación alguna, como así también se deje de modo inmediato de brindar instalaciones para realizar actividades reservadas por el CCT a esta entidad gremial que represento, todo ello bajo apercibimiento ya dispuesto en anterior misiva y denunciar ello ante el Ministerio de Trabajo.

 A la espera de una urgente acción correctiva de tal proceder que viola la libertad sindical de los Tripulantes de LAN ARGENTINA, saludo a Ud. muy atentamente,

 

Lic. Paula Marconi
Secretaria General

ATCPEA


Ciudadela, 4 de Mayo de 2011.

LAN ARGENTINA S.A.
Director de RRHH
Sr. Daniel Maggi
Presente

 

De mi consideración:

Me dirijo a Ud. En mi carácter de Secretaria General de ATCPEA a fin de manifestar nuestra preocupación por causa de haber tomado conocimiento que la Asociación Argentina de Aeronavegantes estaría organizando reuniones con un grupo de tripulantes de cabina en etapa de ingreso en vuestra compañía.

Desconocemos si dichas reuniones se han efectuado o se efectuarán en instalaciones de la compañía.

 No obstante ello, no resultando dicha entidad gremial representativa de los tripulantes de cabina que prestamos servicios en LAN AREGENTINA S.A., deseamos llamar vuestra atención respecto de ello, entendiendo que la facilitación de las instalaciones para que puedan llevar adelante dichas reuniones, como así también la entrega del listado de personal a dicha entidad para que pueda citar a los ingresantes a reuniones con objetivos desconocidos por esta Asociación, será interpretado como un claro ejemplo de interferencia en el funcionamiento de nuestra Asociación, circunstancia específicamente vedada por el Art. 53 de la Ley 23.551, lo cual nos obliga a efectuar las reservas del caso.

 Sin otro más, a la espera de una respuesta al presente, saludo a Ud. Muy Atte.

 

Lic. Paula Marconi
Secretaria General
ATCPEA


Buenos Aires, 31 de marzo de 2011

 

A LA SEÑORA
SECRETARIA GENERAL
A.T.C.P.E.A.
LIC. PAULA MARCONI

S          /           D.-

 

De mi mayor consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a Usted con el propósito de acusar recibo de su nota enviada el pasado 17 de marzo del corriente en la cual me congratula por la distinción otorgada por la publicación Semanario Parlamentario como la legisladora más laboriosa del 2010 y por haber obtenido mi título en Derecho. Deseo manifestarle mi más profundo agradecimiento por las palabras vertidas en la misiva.

Sin otro particular, la saludo a Usted muy atentamente.

 

Graciela Camaño
Diputada de la Nación

 


Ciudadela, 17 de marzo de 2011.

A la Dra.
GRACIELA CAMAÑO
DIPUTADA DE LA NACIÓN

S/D

 

De mi mayor consideración,

A nombre de la Asociación de Tripulantes de Cabina de Empresas Aerocomerciales y el mío propio, hago llegar a Ud., nuestros más cordiales saludos y felicitaciones por haber logrado su Título en Derecho y por el merecido galardón Premio Parlamentario 2010 a su comprometida labor en el Congreso de nuestra querida Nación.

Fue su gestión como Ministra de Trabajo y Seguridad Social la que garantizó que conserváramos la fuente de empleo y que hoy, los que fuimos Tripulantes de Cabina en LAPA y DINAR, tengamos el orgullo de poder seguir cumpliendo nuestra profesión con continuidad.

Es por su compromiso genuino y sobradamente demostrado con el destino de todos los argentinos, que le deseo el mayor de los éxitos en su campaña para la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires.

Aprovecho la ocasión para saludarla con mi más sincera y distinguida admiración por su esfuerzo y los logros alcanzados como mujer y como profesional.

 

Lic. Paula Marconi
Secretaria General
ATCPEA


Ciudadela, 03 de marzo de 2011.

 

Al Sr.
FEDERICO PETAZZI
SERVICIO A BORDO
LAN ARGENTINA

S/D

De mi mayor consideración,

Me dirijo a Ud., en mi carácter de Secretaria General de la Asociación de Tripulantes de Cabina de Pasajeros de Empresas Aerocomerciales -ATCPEA- a los efectos de solicitarle dar efectivo cumplimiento a la habilitación del grupo de Jefes de Área que fueran excluidos de la habilitación en el tipo de aeronave Boeing 767, habida cuenta que se están vulnerando los derechos de los que goza el resto de los J/A’s.

Asimismo, dado que esos Jefes compartieron la instrucción con Jefes que sí están habilitados en esa aeronave, la empresa de forma intempestiva y poco clara, ha decidido no programar a ninguno de todos ellos los vuelos a Miami.

Esta decisión es absolutamente arbitraria no sólo para los J/A no habilitados aún en B-767 sino también para los sí habilitados, por el sólo hecho de estar en el mismo grupo incurriendo LAN ARGENTINA en discriminación del personal involucrado respecto de la base, violando así no sólo el art. 4.20 de nuestro convenio, sino también las Leyes de Trabajo.

Tal como estipula el Capítulo IV – Anexo II, todos los vuelos de B-767 deben salir con un/a JC, un/a J/Área y 6 auxiliares, constituyéndose así en un derecho del puesto.

Motiva este reclamo además, la necesidad imperiosa de contar con tripulantes habilitados en la aeronave mencionada, toda vez que la empresa carece de personal suficiente para cumplir la ajustada programación de vuelos que realiza. Esta grave carencia, lo único que garantiza es la imposición manifiesta por parte de LAN de violentar la cantidad mínima de tripulación estipulada para ese tipo de aeronave o el maltrato de los pasajeros por cancelaciones o reprogramaciones.

Es por todo lo expuesto, que intimamos a LAN ARGENTINA a dar cumplimiento a la habilitación de los J/A’s que quedaron pendientes a la brevedad posible y a reanudar con carácter de urgente la programación de vuelos a Miami de los habilitados de ese grupo, quienes ya se han visto discriminados desde el mes de diciembre de 2010 por esta causa, que además los ha perjudicado económicamente.

Quedo a la espera de vuestra pronta respuesta y aprovecho la ocasión para saludarlo muy atentamente,

 

Lic. Paula Marconi
Secretaria General
ATCPEA


Ciudadela, 3 de marzo de 2011.

 

Al Señor
FEDERICO PETAZZI
GERENTE DE SERVICIO ABORDO
LAN ARGENTINA

S/D

 

REF: Embarque de vuelos sin Tripulación Mínima de Emergencia

 

De mi mayor consideración,

Me dirijo a Ud. En mi carácter de Secretaria General de ATCPEA, a los efectos de denunciar una situación que, no por poco habitual, deja de poner en riesgo la seguridad de un vuelo, agravado por la relevancia de tal proceder como precedente inaceptable en cuanto a nuestra función a bordo.

El día 18 de febrero del corriente año, se procedió al embarque de pasajeros del vuelo 4440 (FTE/USH), en la aeronave de matrícula LV-BET sin la tripulación mínima de emergencias previstas en el briefing del vuelo mencionado. Tal decisión, fue tomada por ambos comandantes de vuelo -el Jefe de Seguridad Operacional y un Instructor- lo cual manifiesta per sé un absoluto desdén por las normas nacionales (RAAC’s), el Manual de Operación de la aeronave y los procedimientos operativos estándar de LAN ARGENTINA, agravado por el cargo que ambos pilotos ostentan dentro de la orgánica empresaria. Es importante aclarar que no era una situación de emergencia y que este hecho podía haberse evitado sin necesidad de quebrantar ninguna reglamentación.

La tripulación mínima del avión se basa en lo habilitado por la Autoridad Aeronáutica, de acuerdo a la demostración práctica inspeccionada que cumple con lo requerido por las RAAC’s y no es otra que 4 (cuatro) TC’s en el A-320.

Es por lo expuesto que, sin necesidad de ahondar en detalles sobre este vuelo en particular, aclarando solamente la manifiesta oposición por parte de la JC y el resto de la tripulación de cabina del vuelo y planteada oportunamente a su superior jerárquico a bordo ante la decisión adoptada, solicitamos a la empresa tener a bien reafirmar mediante una directiva operativa que: no se podrá embarcar pasajeros a menos que el vuelo cumpla con todos los requisitos de equipamiento y cantidad de personal habilitado en la aeronave y afectado al vuelo que se pretenda embarcar, no siendo circunstancias atenuantes ni la cantidad de pasajeros ni ninguna otra situación excepcional.

De no mediar respuesta, deberemos denunciar tal irregularidad a la Administración Nacional de Aviación Civil. A la espera de vuestra pronta respuesta y acción reparadora, aprovecho la ocasión para saludarlo muy atentamente,

 

Lic. Paula Marconi
Secretaria General
ATCPEA


MINISTRO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
ARQUITECTO JULIO MIGUEL DE VIDO
S                            /                            D

De mi mayor consideración,

 

Me dirijo a Ud. En mi carácter de Secretaria General de ATCPEA (Asociación de Tripulantes de Cabina de Empresas Aerocomerciales). Sindicato que se constituyera durante la formación de LAFSA para poder proteger los intereses de los Tripulantes de Cabina de LAPA y Dinar, en ocasión de la quiebra de ambas empresas aerocomerciales.

La necesidad de la creación de LAFSA, según Ud. Recordará, fue el estado de absoluta indefensión en que nos dejara la Asociación Argentina de Aeronavegantes (AAA). Cuya comisión Directiva en abierta connivencia con los intereses de la empresa Marsans, no sólo nos abandonó en la penosa situación de desempleo que estábamos viviendo; sino que combatieron con actualizado cipayismo, aquél emprendimiento de raigambre nacional que constituyo LAFSA. Una empresa con espíritu federal, que pretendía no sólo dar trabajo a los trabajadores defraudados por empresarios de accionar doloso, sino además cubrir los destinos nacionales que la entonces privada y extranjerizada Aerolíneas Argentinas desatendía. Incumpliendo con su deber de conectividad, dentro de un territorio tan extenso como el nuestro.

Desde entonces, habida cuenta de la transición a LAN ARGENTINA, el Gobierno Nacional ha tenido todo nuestro apoyo. Sustentado no sólo en agradecimiento por la respuesta dada en 2003. Sino, también, por permitirnos trabajar en esta profesión que amamos, dentro de las leyes de la República Argentina. El Ministerio de Trabajo nacional, por su parte, desde un comienzo nos reconoció en las negociaciones paritarias, avaló cada uno de los convenios que hemos firmado, y apuntaló nuestro crecimiento sindical. Siempre en defensa de los intereses de los afiliados de ATCPEA.

Al día de hoy, abruptamente las cosas han cambiado. El Ministerio de Trabajo nacional bajo la conducción del mismo Dr. TOMADA, nos ignora. Posibilitando que los dirigentes de la AAA que nos dejaran en el más absoluto desamparo y boicotearan la creación de LAFSA, traten bajo inadmisibles presiones antisindicales, de inmiscuirse en nuestras negociaciones salariales y convencionales. Las cuales, siempre han sido en respeto de las leyes laborales argentinas, y de los principios fundacionales del sindicalismo de ideario nacional, surgido a mediados del siglo pasado.

Hemos demostrado a lo largo de nuestra corta pero fecunda historia, una permanente voluntad negociadora con la empresa LAN ARGENTINA. Sin por ello debilitar la lucha por nuestros legítimos derechos laborales. Jamás nos habíamos visto obligados a realizar medidas de fuerza para la consecución de nuestros objetivos, hasta que la Asociación Argentina de Aeronavegantes, conducida por Ricardo Fresia, reinició sus embates contra ATCPEA. Con el manifiesto de obtener un privilegio y un logro que ya nunca poseerá, por la felonía en su momento cometida contra todos nuestros representados: conseguir la credibilidad y confianza de los Tripulantes de Cabina de LAN ARGENTINA, para que conviertan en sus afiliados.

La empresa chilena, a su vez aprovecha deslealmente la coyuntura creada, para vulnerar las normas de trabajo del personal de cabina argentino. Manipulando los acuerdos firmados con ATCPEA con la intención de incumplirlos, y obligando a nuestros afiliados a violar, lo oportunamente acordado con LAN ARGENTINA ante las autoridades nacionales competentes. Siempre, con el propósito de degradar laboral, salarial y convencionalmente a los trabajadores de ATCPEA. Para lo cual sirven funcionalmente, tanto la conducción de la AAA como la del Ministerio de Trabajo de la Nación.

Es por todo lo manifestado, que apelamos a vuestra intervención política y personal, solicitándole formalmente una pronta audiencia con la conducción de nuestro Sindicato. A los efectos de ampliarle y documentarle, lo sucintamente expuesto en la presente.

Quienes en verdad defendemos los intereses argentinos, representados por el trabajo y el Estado nacional, no podemos permitir que los mimos inescrupulosos y deshonestos oportunistas, que se reiteran a lo largo de toda nuestra historia, nos vuelvan a condenar al fracaso como Nación. Destruyendo por su codicia, el servicio del transporte aerocomercial de nuestro país, en perjuicio de sus usuarios y la economía nacional.

 

A la espera de vuestra respuesta, aprovecho la oportunidad para saludarlo con mi mayor consideración.

 

Ciudadela, 25 de noviembre de 2010.

 

 

Lic. Paula Marconi
Secretaria General
ATCPEA


Ciudadela, 11 de septiembre de 2009


Al Sr. Daniel Maggi
Director de Recursos Humanos
LAN ARGENTINA
S/D

De mi mayor consideración:

Me dirijo a Ud. en mi carácter de Secretaria General de ATCPEA a los efectos de solicitarle con carácter de urgente, modificar los medios de descanso provistos en las aeronaves A-320 para su uso en los vuelos a Lima.

Más allá que hayan sido aprobados por la Autoridad Aeronáutica como nos han informado oportunamente, estos asientos tienen un problema básico que repercute directamente en el descanso para el cual están instalados: la falta de independencia de los tripulantes de cabina que hacen uso de los mismos.

Cito el artículo del Decreto 671/94 / Disposición 26-2000:
1- Alcance
f) Medios de descanso a bordo para la tripulación: Lugares e instalaciones que ofrezcan comodidad e independencia, a fin de proporcionar al tripulante el descanso apropiado durante el tiempo de vuelo. Consistirán como mínimo, en litera y/o asiento de descanso reclinable de adecuado confort, separados y aislados por medios físicos.

Cito también el párrafo de nuestro convenio donde define a los mismos:
3.1.20. MEDIOS DE DESCANSO A BORDO: Son los lugares e instalaciones que tienen un grado suficiente de comodidad e independencia con respecto al pasaje, baños y a los demás tripulantes de cabina que estén trabajando, a fin de proporcionar a los miembros de la tripulación un descanso con relación al tiempo de vuelo. Consistirán como mínimo en litera y / o asiento reclinable de adecuado confort separados y aislados por medios físicos del resto de los pasajeros y tripulantes que se encuentren trabajando.

Sabemos de vuestros esfuerzos para garantizar el descanso adecuado de los tripulantes de cabina al no comercializar el asiento contiguo a
los asientos afectados, sin embargo, a pesar de la cortina que separa los asientos del de pasajeros (sólo un apoyabrazos y la cortina mediante), los clientes no sólo se sientan en dicho lugar cuando les place (codazos, comentarios, consultas, etc.), sino que además descorren la cortina.

Por otro lado, su ubicación delante de los toilettes, ocasiona que cada vez que algún pasajero hace uso de tal facilidad, despierte a los tripulantes que se encuentran descansando por el ruido que ocasiona el flush del inodoro.

No es nuestra intención exigir algo que no corresponda, pero estas cuestiones tan insignificantes tal vez para quienes habilitan o instalan los medios de descanso terminan quitándole sentido a las
gestiones y gastos que ha realizado la empresa sin lograr que estos medios de descanso cumplan el objetivo trazado de otorgar un adecuado descanso en vuelo.

Las consecuencias de la manera en que han instalado los medios de descanso son:
1- la falta de tranquilidad de nuestros representados al hacer uso del medio de descanso, por lo cual el mismo no se puede cumplir incurriendo en violación de la norma y el convenio colectivo; y
2- el desmedro de la imagen empresaria cuando los pasajeros interrumpen el descanso y ven a los tripulantes dormir, o simplemente relajarse.

Es por ello que solicitamos a ustedes arbitrar todas las instancias posibles para modificar estos medios y, transitoriamente, otorgar un pernocte en Lima hasta tanto se resuelva tal desprolijidad.

A la espera de una pronta resolución del caso planteado, aprovecho la ocasión para saludarlo muy atentamente,


PAULA MARCONI
Secretaria General


DICTÁMEN DE LA FUERZA ARGENTINA


Buenos Aires, 13 de enero de 2009.

Al Señor
Daniel Maggi
Director de Recursos Humanos
LAN ARGENTINA
S/D


De mi mayor consideración;

Me dirijo a UD. en mi carácter de Secretaria General de ATCPEA, a los efectos solicitarle mayor cantidad de tripulantes de cabina para la operación del Vuelo a Lima 4M4640, dado que las condiciones laborales de los TCP’s por nosotros representados, han sufrido sustanciales modificaciones tanto en la configuración de la aeronave como en el servicio a bordo que se realiza.

En el Convenio de Trabajo que nos rige, se estipula claramente en los artículos 1.1, 1.4 y 12.1 que las partes deberán reunirse para revisar las condiciones laborales cada vez que surjan cambios en la modalidad del trabajo. Aquellas condiciones fueron pactadas en el año 2005. Desde entonces, no sólo se ha incrementado la carga de trabajo en el servicio a bordo, tales como duty free, comida caliente etc, sino que además se ha agregado una cabina, la de Primera Clase, la cual extrae un TCP del servicio a brindar en Clase Turista, quien debe dedicarse exclusivamente a los pasajeros asignados.

Al modificar la configuración de las aeronaves (Capítulo IV, Anexo II del CCT). No cumplieron con el Art. 4.24 al no establecer con nuestra Asociación, la nueva modalidad de trabajo, ya que, si bien no es un nuevo tipo de aeronave, el cambio en su configuración modifica tanto los roles de servicio como las funciones de seguridad a bordo.

Es por lo expuesto, que entendemos que se hace exigible reforzar la dotación del vuelo a Lima, en por lo menos 2 (DOS) TCP’s.

Asimismo, solicitamos se nos informe si la Empresa ha realizado el simulacro de evacuación exigido por las RAAC’s, por cuanto cada vez que se modifique la configuración de una aeronave, debe demostrar que la dotación prevista de TCP’s a bordo, puede cumplir en tiempo y forma con los requerimientos de seguridad.

Dicho vuelo presenta otro procedimiento que entendemos vulnera las condiciones de trabajo pactadas oportunamente. Ese vuelo entra en la categoría “Internacional”, tal como definido en el Art. 3.1.37. Sin embargo, la Empresa programa a Jefes del área Doméstica/Regional para cumplir esa operación, vulnerando así también el Art.4.2, asignando tareas que exceden las inherentes a su especialidad.

La Empresa no previó el llamado a JSB internacional para realizar este nuevo vuelo, incumpliendo así lo acordado con esta Asociación, por lo que exigimos que a cada uno de los jefes de domestico/regional que hayan realizado éste vuelo, cumpliendo en este caso la función de jefe de servicio a abordo internacional, se le abone la suma que a tal categoría corresponde y de inmediato se realice el llamado correspondiente para cubrir de las vacantes necesarias a fin de llevar a cabo esta operación sin vulnerar los acuerdos establecidos .

Es por todo lo expuesto que esta Asociación solicita con carácter de urgente una resolución inmediata a los puntos de conflicto, los cuales hemos manifestado en reiteradas ocasiones sin obtener una solución concreta, reservando derechos para iniciar las acciones pertinentes ante el Ministerio de Trabajo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para saludarlo muy atentamente,


PAULA MARCONI
Secretaria General

 
 
 
 

Buenos Aires, 13 de enero de 2009.

Al Señor
Daniel Maggi
Director de Recursos Humanos
LAN ARGENTINA
S/D

De mi mayor consideración;

Me dirijo a UD. en mi carácter de Secretaria General de ATCPEA, a los efectos exigir que Lan Argentina se retrotraiga de la siguiente violación convencional.

La empresa insiste en obligar a los TCP, a aceptar una cuarta reprogramación a la que ellos se pueden negar, violando de esta manera al art 3.1.32 del convenio de trabajo vigente . Asi es que han llegado al punto de haber sancionado tripulantes por ejercer sus derechos convencionales.

De no mediar respuesta favorable esta asociación se vera obligada a iniciar las acciones pertinentes ante la autoridad de aplicacion.
Sin otro particular me despido de ud .


PAULA MARCONI
Secretaria General

 
 
 
 
Sabemos que la privacidad forma parte de las necesidades básicas del ser humano y más aun si la falta de la misma afecta nuestro trabajo. Es por eso que en virtud de seguir defendiendo los derechos de todos los TCPs el dia 8 de Agosto fue presentada a las autoridades de LAN ARGENTINA una nota fundamentando la necesidad de los Tripulantes de Cabina de Pasajeros de LAN ARGENTINA, de contar con una "Habitacion Privada" en los lugares destinados a tal fin en postas o pernoctes.

Les enviaremos a nuestros afiliados por mail una copia de la misma

¡NECESITAMOS QUE TE SUMES A ESTA LUCHA,
ES POR EL BIEN DE TODOS!

 
 
 
 
Estimados compañeros:


El dia 30 de Junio de 2008, la Comision Directiva de ATCPEA fue invitada a participar de la graduacion de un grupo nuevo de TCP's que ya forman parte de LAN. Queremos a agradecer a LAN por habernos hecho participar de esta emotiva ceremonia y desearles a aquellos nuevos tripulantes que ya forman parte de esta Asociacion lo mejor en esta nueva etapa que comienzan.

Comision Directiva
ATCPEA

 
 
 
 
REUNIÓN CON LAN
 
 
Estimados compañeros:

Les queremos comentar por este medio que el día miércoles 11/06 hemos tenido una reunión con LAN, en la que participó por primera vez el señor Diego Sanguinetti y los señores Agustin Buenaño y Leonardo Groppa. En la misma, luego de debatir varios temas pendientes la empresa se comprometio a "no programar" 14 horas de vuelo en 48 horas consecutivas combinando un vuelo internacional con uno de cabotaje tal y como lo especifîca el Decreto 671, que regula la actividad de los Tripulantes de Cabina.

Seguimos trabajando por el bienestar de todos.

ATCPEA
Asociacion de Tripulantes de Cabina
de Pasajeros de Empresas Aerocomerciales
 
     
 
 
 
DE BRIEFING

Al Sr. HERNAN JARA
DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS
LAN ARGENTINA

 
 
 
 
05/03/08: Creemos necesario recordarles que el TIEMPO MAXIMO DE HORAS DE VUELO para el periodo de 48hs, segun se desprende de la legislaciòn vigente, (DECRETO 671 tabla anexo VI ) es de 14 hs. Es decir que sumadas las horas de vuelo (horas block, calza a calza) del 4521 más las del 4550/51 del dia siguiente (periodo de 48hs consecutivas) NO deben sumar más de 14hs de vuelo.

Ejemplo: si el block del 4521 supera 8.5 como usualmente, probablemente no podamos hacer el GRU ya que el block del 4550/51 es de 5.4 o 5.5 aprox. Sumados ambos vuelos (que están dentro del período de 48 hs consecutivas) superamos las 14 hs de vuelo.

Esten atentos y ante cualquier duda comuniquense con su gremio, que para esto estamos trabajando intensamente.

 
 

 
 
Estimados compañeros:

Les recordamos lo estipulado en Capitulo IV Anexo I de nuestro convenio respecto de la provisiòn de uniformes; "LA EMPRESA DEBERA PROVEER A LOS TCP UNA VALIJA GRANDE CON REPOSICION CADA DOS (2) AÑOS O CADA VEZ QUE SE CONSTATE SU DETERIORO". Se desprende de esto que, en caso de rotura o deterioro de cualquier elemento o prenda del uniforme, la empresa deberà hacerse cargo de la reparaciòn y/o restituciòn.
De vos depende hacer respetar nuestros logros.